En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda. CON LUGAR, la solicitud de cambio de dirección del arresto domiciliario; Así mismo se le informa que esta Juzgadora realizó una revisión adicional a la Medida de Arresto Domiciliario la cual Decidió complementar con el Ordinal 4to del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal (C.O.P.P), que es la prohibición de salida del País del acusado.- Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese. Cúmplase
JUEZA DE JUICIO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
ABG. SOLANGE JOSEFINA MENDEZ
EL SECRETARIO
ABOG. Odalys Herrera.