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Decisiones del dia 24/01/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-F-2011-000268 N° Sentencia : 0010 Fecha: 24/01/2012
Procedimiento:
Homologación
Partes:
SOLICITANTES: EDMUNDO ANTONIO VALERA PARADAS Y SANDRA YOLIMAR VALERA AMARO
Resumen:
Visto el DESISTIMIENTO, efectuado en fecha 07 de Diciembre de 2011, por los ciudadanos EDMUNDO ANTONIO VALERA PARADAS y SANDRA YOLIMAR VALERA AMARO debidamente asistido por el abogado JUSTO RIOS VARGAS, y por cuanto no violenta el orden público ni versa sobre materias para cuyo tratamiento estén prohibidas los desistimientos y disponiendo la parte actora de la capacidad suficiente para desistir en el presente juicio y así ponerle fin al mismo, se le imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN. En consecuencia, téngase entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Asimismo se acuerda la devolución de los documentos originales y las fotocopias certificadas solicitadas por el actor.
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-V-2011-003362 N° Sentencia : 0019 Fecha: 24/01/2012
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
DEMANDANTE: GALVEN GALERIAS S.L., INSCRITA ANTE EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, EN FECHA PRIMERO DE NOVIEMBRE DE 2004, BAJO EL N° 39, TOMO 992-A.
Resumen:
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la demanda interpuesta por el procedimiento escogido. Y así se decide. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 24 Días del mes de enero de Dos mil doce (2.012). Años 201 de la Independencia y 152 de la Federación.
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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