DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la Demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana LEONOR LETICIA CASTILLO DE MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.759.758,, domiciliada en la ciudad de Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara. APODERADO JUDICIAL: ABOGADO: LUCINDO HERRERA P, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo lo Número 90.086 con domicilio Procesal en la avenida 6, entre calles 10 y 11, Quibor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En contra de la ciudadana IDALIA CASTILLO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, domiciliado entre avenida Francisco de Miranda y calle 12, Barrio El Calvario, de esta ciudad de Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara y titular de la cédula de identidad N- 3.875.195. ABOGADO ASISTENTE: JOSE LUCENA BETAN.....