Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CARLOS JOSÉ APONTE CARRILLO, asistido por la abogada ZORAIDA CASTILLO DE CÁRDENAS, ambos identificados en el encabezamiento del presente fallo, contra actuaciones materiales emanadas de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.