En consecuencia, la suscrita Jueza Provisoria del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACION DE MANUTENCION DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, Abogada PAULA CENTENO, hace constar que con motivo de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, fechada 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, arriba mencionada y en acatamiento a lo establecido en sentencia de fecha 10 de marzo de 2.010, proferida por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Este Tribunal, ordena la remisión de esta causa al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Remítase el presente Expediente.