Se declara:
PRIMERO: Improcedente la impugnación al poder realizada por la parte actora.
SEGUNDO: CON LUGAR la ACCIÓN REIVINDICATORIA interpuesta por el ciudadano GILBERTO GRANADOS, contra el ciudadano BUENAVENTURA SANCHEZ COLMENARES y la sociedad mercantil EL MESON DE SANCHEZ, S.R.L., ambas partes identificadas al inicio de este fallo.-
TERCERO: Se ordena a los demandados a restituir al actor el inmueble constituido por el Lote Nº 11, con una superficie de cincuenta y cinco metros con tres decímetros cuadrados (55,03 mtrs2) ubicado de Palo Blanco a Palo Negro, Sur de la Avenida Panteón, Parroquia San José, Departamento Libertador del Distrito Federal, el cual forma parte de un lote de mayor extensión, conformado por nueve lotes de terrenos, que hacen un total de mil quinientos metros cuadrados con tres decímetros cuadrados ( 1.500,03 mtrs2), descrito de la siguiente manera: Punto 1- Norte- 825,60, Este 3.122,00, punto 2- norte 814,92- Este 3.120,00 punto 3- norte 815,95; Es.....