DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242, 243 887 en concordancia con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO interpuesta por los ciudadanos CESAR A. BRITO LEON, CESAR A. BRITO ALVAREZ y ALFREDO A, DEFENDINI, abogados en ejercicio, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros: 158.874, 192.957 y 95.569, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la empresa mercantil SERVICIOS PROGRAMADOS DE COMPRAS C.A., en co.....