Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo previsto en los artículo 12, 15, 208, 242, 243 y 735 del Código de Procedimiento Civil, en sintonía con los artículos 26, 49 y 257 de la Carta Magna, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: LA NULIDAD de la sentencia de fecha 26 de julio de 2017, proferida por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró la interdicción definitiva del ciudadano CARLOS MANUEL AGUERREVERE PÉREZ.
Segundo: SE REPONE la causa al estado de que un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que por distribución corresponda, se pro.....