Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar Innominada de Protección a la Producción Agroalimentaria, formulada por los Ciudadanos José Luis Escalona Pérez, Disnaury José Escalona Pérez, Yoreide del Carmen Escalona Pérez, Barmery Tibisay Escalona Pérez, Lisbel Andreina Guedez Yépez, Luis Javier Linarez Peroza y Alí Segundo Landaeta Vargas, por existir razones suficientes para el decreto de una medida cautelar de protección y de esta forma resguardar el bienestar colectivo, en consecuencia DECRETA: PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA EN LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD AGRICOLA, en la explotación del cultivo de Café, desarrollada por los Ciudadanos José Luis Escalona Pérez, Disnaury José Escalona Pérez, Yoreide del Carm.....