DISPOSITIVA:
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Séptimo Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, interpuesto por Abog. DIEGO ERNESTO MALDONADO MARIN, en su carácter de Fiscal Auxiliar Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CONCEDIENDOLE EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para presentar acto conclusivo en contra del ciudadano: RENY JOSE SILVA CAMACARO, titular de la cédula de identidad Nº 21.295.928 venezolano, de 18 Años, natural de Barquisimeto, Estado Lara nacido en fecha 28-04-93 , de estado civil: soltero, de profesión u oficio albañil, hijo Julio Silva y Reina Camacaro, residenciado en la Barrio Unión, carrera 1 calle principal, al lado de un electro auto. (No presenta otra causa), por estar incurso presuntamente en la comisi.....