En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos RONALD KLEIVER BARRIOS PEREZ, ALBERTO ANTONIO REYES y EDGAR DANIEL PEROZA por los delitos de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el Artículos 6 de la ley sobre Delincuencia Organizada SECUESTRO previsto y sancionado en el Articulo 460 Código Penal. A CUMPLIR UNA PENA DE ONCE (11) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS DE LEY la cual cumplirá bajo las condiciones que decida el Tribunal de Ejecución. SEGUNDO: Se Mantiene la Medida Privativa de Libertad que viene cumpliendo hasta la fecha. TERCERO: Remítase las actuaciones al Tribunal de ejecución que por distribución corresponda. La presente decisión se fundamentara por auto separado dentro del lapso establecido por.....