DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Oída la Admisión de los Hechos realizada por los ciudadanos plenamente identificado en forma, individual, libre y espontánea, se declaran CULPABLES y penalmente responsables a los ciudadanos JOSÉ BRAULIO COLMENAREZ LOPEZ Y JOSÉ VICENTE COLMENAREZ LOPEZ por la comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal. ACUERDA la Suspensión Condicional del Proceso al JOSÉ BRAULIO COLMENAREZ LOPEZ Y JOSÉ VICENTE COLMENAREZ LOPEZ por el lapso de UN (01) AÑO de conformidad con lo previsto en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se procede a Imponer de las condiciones previstas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, l.....