Este Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la pretensión de NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA propuesta por la ciudadana LOURDES ZULAY VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.461.721 contra el ciudadano ASISCLO ESTEBAN DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.915.948.