D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra la decisión objeto de la presente apelación, fechado el 14 de julio de 2014 que había declarado inadmisible la presente demanda.
Se declara la NULIDAD del aludido fallo del A quo de fecha 14 de julio de 2014 que declaró inadmisible la presente demanda.
Se REPONE esta causa al estado de que sea admitida la demanda que por reivindicación de inmueble propusieron los apoderados del Consejo Comunal Vista Hermosa contra la ciudadana Andmir Solsiree María Merlo Morón, contenida en el libelo que encabeza este expediente.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente senten.....