"...Ahora bien, realizado el cómputo de los días transcurridos desde la fijación del cartel de notificación dirigido a la parte actora hasta la presente fecha, se observa que transcurrieron los dos (2) días hábiles señalados, sin que la parte actora o sus apoderados judiciales, cumplieran con lo ordenado por este Juzgado en el auto de fecha dieciocho (18) de julio de 2016, sin evidenciarse impulso procesal para la realización de las actuaciones subsiguientes.
Por todo lo expuesto y dada la falta de subsanación de la parte actora, que le fuera ordenado, este Juzgado Trigésimo Cuarto (34) de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de conformidad con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la INADMISIBILIDAD de la demanda por Calificación de Despido intentada por el ciudadano JESUS ANGEL MARCANO PRADO, titular de la cédula de identidad número 8.3.53.150, en co.....