Por las consideraciones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por el ciudadano: JORGE ANTONIO VILLA OVIEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.046.530, domiciliado en el Sector Lazo de la Vega, Avenida N° 3, casa N° 5, diagonal al liceo Lazo de la Vega, Valera - Estado Trujillo, asistido por el Abg. CLAUSMAN CESTARI CANELON; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 94.114, contra la EMPRESA TRAKI PTC PLUS, C.A, domiciliada en la ciudad de Guayana, Estado Bolívar, y debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, bajo el N° 2, Tomo 28-A-Pro, de fecha 06/07/2......