/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado ENRIQUE GUILLERMO LAMAS CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº 15.960.413, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, y NUEVE (09) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICE NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 84 ordinal 1ero. del Código Penal. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal en relación con el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Una vez declarada definitivamente firme la presente sentencia, y vencido el lapso.....