Este Tribunal de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:PRIMERO: En relación a la acusación presentada, por los hechos anteriormente transcritos y que se detallan en el escrito acusatorio, contra el ciudadano Imputado Alexander Humberto Oquendo Paz, Cédula de Identidad Nº: 5.815.987, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO, tipificados en los artículos 272 y 470 del Código Penal, SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION, por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. Además, coincide quien juzga con el criterio fiscal en relación a la calificación jurídica dada a tales hechos en Audiencia Prelimar y estima que los mismos encuadran en los tipos penal señalados, que a.....