PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano JOSE RAFAEL CHACON VASQUEZ, titular de Cedula de Identidad V- (...), por la comisión de los delitos de (...), previsto y sancionado en el (...) de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de una adolescente de 17 años de edad y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de una niña de 11 años de edad, con la agravante establecida en el articulo 65 numeral 7 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de las ciudadanas ADOLESCENTE (17 AÑOS) y NIÑA (11 AÑOS).
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en la Ley Especial de Género respecto a la imposición de pena, la cual consagran para el delito de (...), previsto y sancionado en el (...) de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, pr.....