Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora recurrente contra la decisión dictada en fecha 09 de febrero de 2010 por el Juzgado Tercero de Primera instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Vidal Segundo Franco contra la Asociación Civil Ruta 5, ambas partes plenamente identificadas en el cuerpo del fallo, en consecuencia se condena a esta última a pagar Compensación por Transferencia, Indemnización por Antigüedad, Prestación por Antigüedad, Vacaciones vencidas y fraccionadas, Bono Vacacional vencido y fraccionado y Utilidades vencidas y fraccionadas, para la determinación del quantum de tales conceptos se ordena una expertici.....