Realizada la captura, en audiencia en el Hospital Rafael Rangel de Boconò estado Trujillo, en fecha 23.04.2008, el Tribunal ratifico la medida de privación de libertad, en los mismos términos, por no haber variado las circunstancias que dieron origen a su decreto, previo oír a las partes, Fiscal, quien ratifico su solicitud, defensa, quien pidió la sustitución de la medida por una menos gravosa, e imputado, quien no quiso declarar. Así se decidió, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE Y POR AUTORIDAD DE LA LEY.
El Juez
El Secretario
Abg. Nathalia Cruz Cañizales