Por los razonamientos anteriormente expuestos y en conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE a las ciudadanas Reina Soraida Valera Lozada y Raymar Karina Pernalete Valera, plenamente identificadas supra, y en consecuencia, LAS ABSUELVE por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal en agravio de las ciudadanas Marisela Betancourt de Briceño y la niña G.B.B., según las circunstancias de modo, tiempo y lugar plenamente descritas en el texto de la presente decisión y señaladas en el escrito de acusación.
SEGUNDO: Se absuelve de costas al Estado venezolano por cuanto el Ministerio Público dispuso prima facie de elementos de .....