Este Tribunal, revisado como ha sido el mismo, y cumplidos los requisitos contenidos en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, lo homologa en los términos en éste especificados, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que se da por concluido el proceso y se le otorga el carácter de cosa Juzgada. Todo ello en el juicio incoado por el ciudadano RAFAEL FLORES ESCOBAR contra la empresa INMOBILIARIA 56, C.A. Asimismo se indica a las partes que las pruebas presentadas al inicio de la audiencia preliminar, deberán ser retiradas por ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.) de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.