DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 02, en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Verificado el presente asunto; esta Juzgadora considera que es procedente ordenar la revocatoria de la Medida Cautelar que goza en imputado como lo es la establecida en el Articulo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal penal, asimismo se Decreta de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el Articulo 250, 251 y 252 del Ejusdem; en contra del ciudadano RAMIREZ PEREZ WUILMER JOSE, titular de la cedula de identidad Nº 26.556.573, ordenando como sitio de reclusión el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental URIBANA para cumplir dicha medida. SEGUNDO: Se acuerd.....