Ahora bien, visto que en el presente caso se ha realizado un acto conciliatorio con el objeto de poder materializar el cumplimiento del fallo, este Juzgado ordena la notificación a la empresa CANTV de la consignación de la actualización del informe pericial, para lo cual se ordena de conformidad con lo previsto en el artículo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, expedir copia certificada de la actualización de la experticia que corre inserta de los folios 488 al 493, ambos inclusive, del expediente y una vez conste en autos la misma, por auto separado se fijará la oportunidad para la celebración de un nuevo Acto Conciliatorio. Líbrese oficio a la empresa CANTV.