DECISIÓN
En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia dictada en fecha 3 de mayo de 2023, presentada por el abogado en ejercicio Enrique Mendoza Santos, inscrito en Inpreabogado bajo el No. 47.326, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante