DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación formulada por el abogado ANTONIO ANATO, Apoderado Judicial de la parte demandada, en contra del auto dictado en fecha 15 de marzo de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró Inadmitida la intervención adhesiva intentada en los términos ya planteados en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES Intimatorio, interpuesto por el ciudadano VICTOR HUGO SÁNCHEZ SOTELDO en contra de la empresa PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES SABPI C.A., todos ya identificados.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al.....