CON LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por los Abogados NELSON TORREALBA y JUAN JOSE MORENO actuando con el carácter de Defensores Privados del ciudadano JEAN CARLOS PEÑALOZA, contra la decisión publicada en fecha 15 de mayo de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 5 de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se ACUERDA la medida cautelar sustitutiva de presentación periódica cada 15 días ante el Tribunal de la causa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 242. 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de excarcelación. Remítase al Tribunal de origen.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil catorce (2014). Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación