DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 9º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, ala ciudadana: SONIA MANRIQUE DE BLANCO, Cédula de Identidad Nº V- 3.899.285.- Segundo: Oficiar al Estacionamiento judicial El Corralón que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo CLASE: AUTOMOVIL, MARCA: TOYOTA, MODELO: COROLLA, COLOR GRIS, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR, PLACAS: SAX31D, y que según experticia de Reconocimiento y Activación de Seriales Nº 9700-127- DC-AEV-225-04-2010 de fecha 26/04/ 2010 dicha placa no la porta, a la ciudadana SONIA MANRIQUE DE BLANCO, Cédula de Identidad Nº V- 3.899.285, en calidad de depósito. Así mismo se acordó la devolución de los documentos originales consignados por el solicitante. Notifíquese a las.....