Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por motivo de DESALOJO POR FALTA DE PAGO, intentada por Sociedad Mercantil GILPLAST, C.A. inscrita en el registro de comercio del juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Segundo del estado Lara, en fecha 30 de abril de 2009, bajo el número 6, Tomo 33-A, contra: Sociedad de Comercio PLASTICOCA, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 27 de junio de 2003, bajo el Nro. 26, Tomo 26-A.
2. SE ORDENA a la accionada entregar un local comercial distinguido con el Nº 06, ubicado en el Centro Comercial GILROB situado en la Avenida Carlos Giffoni (antes Av. Moyetones), con Avenida Cementerio, Zona Industrial III de la ciudad de Barquisimeto, del Municipio Iribarren del estado Lara, con una superficie aproximada de OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (87 M2).
3. .....