DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuesta, este Tribunal Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE EL RECURSO DE HECHO, interpuesto por el abogado DAMNEL RAMOS CHARVAL contra el auto dictado por el JUZGADO DEL MUNICIPIO TORRES DEL ESTADO LARA de fecha 07 de Abril de 2011que negó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de marzo de 2011.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juez A-quo y archívese la presente causa.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y archívese.