PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano José Guillermo Mendoza Fernández, venezolano mayor de edad titular de la cédula de identidad 13.774.756 a través de su apoderado judicial, abogado Antonio José Duarte Andrade, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 18.765, contra la decisión interlocutoria de fecha 21 de marzo del año en curso dictada por el juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ratificándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 981 del código de Procedimiento Civil, se condena en costas del presente recurso a la parte recurrente.