este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos NILES SEGUNDO ARROYO, titular de la Cedula de Identidad V. 10.764.166 y LUIS RAFAEL SIRA ARROYO, titular de la Cedula de Identidad V. 10.764.281, por cuanto aparece señalado como responsables por la presunta de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código Penal, en perjuicio de Oswaldo Briceño Velásquez, Titular de la cédula de identidad nº 12.691.233.-
SEGUNDO: Líbrese Orden de Aprehensión contra NILES SEGUNDO ARROYO, titular de la Cedula de Identidad V. 10.764.166 y LUIS RAFAEL SIRA ARROYO, titular de la Cedula de Identidad V. 10.764.281.
TERCERO: Líbrese Oficios a los respectivos Órganos de Seguridad del Estado.
CUARTO: Notifíques.....