Con respecto al desistimiento de la acción manifestado por el trabajador CRISTIAN JAVIER AMANTINA AMANTINA y de la indexación de la cantidad pagada, de solicitarse la nulidad de la transacción, según lo indicado por la parte demandada, este Juzgado considera que vulnera los derechos irrenunciables de éste, motivo por el cual lo excluye del contenido de la transacción, por tanto este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas HOMOLOGA con fuerza de cosa juzgada la transacción presentada por el ciudadano CRISTIAN JAVIER AMANTINA AMANTINA e INVERSIONES FUKUSHIMA 2009, C.A., con excepción del desistimiento de la acción manifestado por el ciudadano ya identificado y de la devolución indexada de la cantidad pagada, como ya se expresó.