DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación, interpuesto por la Profesional del Derecho MARGIN RUIZ VILLASMIL, en su carácter de Defensora Publica Segunda (2) Penal, actuando en Defensa del ciudadano JOSÉ LEÓN MARCANO FIGUERA, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de julio de 2017, por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45°) en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreto medida judicial preventiva privativa de libertad de conformidad con el artículo 236 numerales 1, 2 y 3 en relación con el parágrafo primero del articulo 237 numerales.....