DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO:INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la demanda que por REIVINDICACION ha intentado los ciudadanos PUI SHEUNG KWAN DE CHANG, GUSTAVO CHANG LAI y CHUK LING SHUM DE CHAN, venezolanos mayores de edad, domiciliados en Toronto, Canadá y titulares de las cédulas de identidad N° 7.328.431, 7.322.267 y 7.328.430 respectivamente, contra el ciudadano RENSO ALEXIS GOMEZ ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.376.851, de este domicilio ; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
La presente decisión fue dictada dentro del lapso legal correspondiente; déjese transcurrir el lapso correspondiente.-