Este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara inadmisible la querella funcionarial intentada por el ciudadano Richard Alexander Vásquez Nieves, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.206.459, domiciliado en el Municipio Carache del Estado Trujillo, asistido por José Adán Becerra, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 36.533, en contra del Estado Trujillo, por intermedio del acto administrativo contenido en la Resolución Nº M-008-2004 dictada por la Dirección General de Seguridad y Orden Público de la Gobernación del Estado Trujillo en fecha 31 de marzo de 2004, notificada al recurrente el 16 de abril de 2004, representado judicialmente por el Procurador General del Estado Trujillo y su apoderado sustituto, abogado Ranier González, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 92.289.
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