III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la recurrente contra la decisión adoptada por el A quo en fecha 10 de Agosto de 2007.
Se declara IMPROCEDENTE el recurso de amparo constitucional propuesto por la ciudadana EMILY DEL VALLE LEAL, obrando como propietaria del fondo de comercio denominado "Posada Turística Shadday de E. Leal", a los fines de suspender ejecución de medida de secuestro dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de esta Circunscripción judicial en el expediente llevado por dicho Tribunal bajo el número 11.425, contentivo del juicio que por resolución de contrato de arrendamie.....