En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA DEMANDA interpuesto por el ciudadano ORLANDO JOSÉ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.438.499, con domicilio procesal en la Ciudad de Quibor del Estado Lara, Avenida 7 con calle 7, Edificio Mercantil La Ceiba, piso 1, oficina Nº 02.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera de Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara ¿ Extensión El Tocuyo, a los veinticinco (25) días del mes de Octubre de dos mil diez (2.010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez Provisoria;
Abg. María Mascarel.....