En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR acción de cumplimiento de contrato de opción de compra venta sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el numero y letra CIENTO DOCE B (112-B), situado en la planta décima primera (11) del edificio "B", que forma parte del "Centro Comercial Candoral", ubicado entre las esquinas del Candilito a Urapal y Candilito a Avilanes, donde están ubicadas las casas marcadas con los números: 113, 113-1 y 115 de la calle Norte 13, entre las esquinas de Candilito a Urapal y las casas marcadas con los números: 6, 8, 10 y 12, entre las esquinas de Candilito a Avilanes, en la parroquia la Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, que interpusiera.....