Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Andrea Oropeza Ojeda, Defensora Pública Primero Auxiliar Penal Ordinario, actuando en su carácter del ciudadano JOHAN JOSÉ PEREZ SILVA; contra la decisión dictada en fecha 05 de Septiembre de 2017 y fundamentada en fecha 18 de Septiembre de 2017, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nro. 07 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad para el ciudadano JOHAN JOSÉ PEREZ SILVA, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apela.....