Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO ALGUNO en relación al RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 05 de diciembre de 2007, por la abogada Milagro Yesenia Palacios Flores, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida en fecha 03 de diciembre de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró LA EXTINCIÓN de la acción de divorcio incoada por el ciudadano Melpómenes Eduardo Ferrer Portillo, contra la ciudadana Yolanda González Sánchez de Ferrer, dado la constancia de la muerte de la parte actora. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.