III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, contra la sentencia dictada por el A quo el 7 de Julio de 2008.
Se declara SIN LUGAR la excepción de prescripción de la acción opuesta por la demandada.
Se declara IMPROCEDENTE la presente acción reivindicatoria, propuesta por la ciudadana DELIA MARGARITA PACHECO de DOMINGUEZ, contra la ciudadana CONSUELO RAMONA CALDERA de ANDRADE, ambas identificadas en autos, sobre el inmueble propiedad de la primera, formado por una casa de tejas sobre tapias, constante de una sola pieza, con armario y mostrador, situada en la población de Burbusay, Municipio Boconó, Estado Trujillo, alinderado de la siguiente manera: Norte, Sur y Oest.....