DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensa Abog. JUAN CARLOS GUTIERREZ ALVARADO, en su condición de Defensor Privado, que versa en el cambio de medida por una menos gravosa. Y en consecuencia, se acuerda MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos imputados SATHYA SAIT PIÑERO VASQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 20.921.041, edad 19 años, natural de Barquisimeto, nacido el 20-01-1991, hijo de MARIA VASQUEZ Y FRANKLIN PIÑERO y, ocupación Estudiante de 5to año de bachillerato, residencia en la Urbanización La Carucieña, sector 2, calle 7, Avenida 2, casa nro.33, de esta ciu.....