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Decisiones del dia 26/03/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2011-004930 N° Sentencia : PJ0352014000040 Fecha: 26/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
NILDA BEATRIZ MUNDO HURTADO VS. MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL, C.A.)
Resumen:
En base a las anteriores consideraciones, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley establece que el monto de los honorarios profesionales de cada una de las expertas contables; ciudadanas GILDA GARCÉS y SARA MENESES es de Bs. 3.302,00, que resulta de multiplicar la cantidad de 3 horas y 15 minutos de trabajo por Bs. 1.016,00, que es el valor de la hora hombre según el citado Instrumento de tarifa. El monto total a pagar por la parte demandada perdidosa MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL) es por la cantidad de Bs. 6.604,00. Debido a la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a los auxiliares de justicia. .....
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2013-000015 N° Sentencia : PJ0352014000039 Fecha: 26/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
YERLIN DUBRASKA ÁLVAREZ RODRÍGUEZ VS. TRANSPORTE SÍGAME, C.A.
Resumen:
En base a las anteriores consideraciones, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley establece que el monto de los honorarios profesionales del experto contable MOISÉS RONDÓN BOADA es de Bs. 3.217,33, que resulta de multiplicar la cantidad de 3 horas y 10 minutos de trabajo por Bs. 1.016,00, que es el valor de la hora hombre según el citado Instrumento de tarifa. Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a los auxiliares de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial. Finalmente, se deja constancia que una vez firme la presente sentencia, se librará por Secretaría Orden de Pago de conformidad con el artículo 66 e.....
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2013-000015 N° Sentencia : PJ0352014000039 Fecha: 26/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
YERLIN DUBRASKA ÁLVAREZ RODRÍGUEZ VS. TRANSPORTE SÍGAME, C.A.
Resumen:
En base a las anteriores consideraciones, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley establece que el monto de los honorarios profesionales del experto contable MOISÉS RONDÓN BOADA es de Bs. 3.217,33, que resulta de multiplicar la cantidad de 3 horas y 10 minutos de trabajo por Bs. 1.016,00, que es el valor de la hora hombre según el citado Instrumento de tarifa. Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a los auxiliares de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial. Finalmente, se deja constancia que una vez firme la presente sentencia, se librará por Secretaría Orden de Pago de conformidad con el artículo 66 e.....
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2011-004930 N° Sentencia : PJ0352014000040 Fecha: 26/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
NILDA BEATRIZ MUNDO HURTADO VS. MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL, C.A.)
Resumen:
En base a las anteriores consideraciones, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley establece que el monto de los honorarios profesionales de cada una de las expertas contables; ciudadanas GILDA GARCÉS y SARA MENESES es de Bs. 3.302,00, que resulta de multiplicar la cantidad de 3 horas y 15 minutos de trabajo por Bs. 1.016,00, que es el valor de la hora hombre según el citado Instrumento de tarifa. El monto total a pagar por la parte demandada perdidosa MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL) es por la cantidad de Bs. 6.604,00. Debido a la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a los auxiliares de justicia. .....
Juez/Ponente:
Milagros Jimenez
Organo:
Juzgado Vigésimo Quinto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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