DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso, incoado por el abogado RONALD GONZÁLEZ GUERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número Nº 102.777, actuando como apoderado judicial del ciudadano WILMAN ERASMO YÁNEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.696.712, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA, de acuerdo a la motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Que al lapso para interponer las acciones que se consideren pertinentes, debe deducirse el período transcurrido desde la fecha de interposición de la presente querella y hasta la fecha en la cual, quede firme el presente fallo.