Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares instaurada por la parte actora sociedad mercantil MICROFIN A.C. – ENTE DE EJECUCIÓN contra los ciudadanos TEOBALDO FUNEZ DI LORENZO y CESAR AUGUSTO FUNEZ DI LORENZO plenamente identificados en el encabezamiento de este fallo. En consecuencia se condena a la parte demandada, así como a la fiadora QUETECA, C.A., a pagar: PRIMERO: La suma de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 369.292,10) por concepto de Saldo Insoluto de Capital; SEGUNDO: La suma de CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 56.132,40) por concepto de intereses compensatorios calculados a la tasa del 24% anual, sobre la base de un.....