Por los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta por la parte demandada recurrente contra sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 28 de noviembre de 2023, en el asunto N° KP02-L-2023-000281, de conformidad a lo previsto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia recurrida en los términos que fue publicada.
TERCERO: Se ordena la remisión del presente recurso al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado.....