PRIMERO: Este Tribunal, en aras de los Principios que rigen el Proceso Laboral previstos en el Capítulo I del Título I de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2 002), hace saber en autos de este expediente que el precitado acto de audiencia preliminar correspondiente a este expediente se llevó a cabo en fecha 18/03/2 025 a las 10:00 a. m. y no a las 11:00 a. m., compareciendo al precitado acto de audiencia preliminar en su condición de apoderado judicial de la parte demandada el ciudadano abogado GILBERTO LEÓN ÁLVAREZ -Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 42 165-. ASÍ SE DECLARA.-
SEGUNDO: Este Juzgado, en aras de lo consagrado en el artículos 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los Principios que rigen el Proceso Laboral previstos en el Capítulo I del Título I de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2 002), y de conformidad a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Organica Procesal del Trabajo (2 002), hace saber en autos de este expedie.....