DISPOSITIVA
En virtud de lo precedentemente expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN presentado por la abogada Patricia de Freitas Márquez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo matrícula Nro. 185.851, actuando como apoderada judicial de la ciudadana MARÍA ANDREINA GIL OVALLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.885.777, contra la decisión de fecha dos (02) de marzo del 2021, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por no haberse constituido relación jurídico-procesal alguna.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribun.....